A través del Decreto N° 4.090, con fecha 05 de enero de 2020, el Tribunal Supremo de Justicia aclaró la constitucionalidad de la declaración del Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional.
En este sentido, el presidente de la Sala del Alto Juzgado, magistrado Juan José Mendoza, ratificó la medida bajo la sentencia N° 0002-2020. Además, declaró como nulo cualquier acción por la cual la Asamblea Nacional venezolana pretenda desaprobar el Estado de Excepción.
Por otro lado, el TSJ declaró que todos los actos emanados del Congreso venezolano, incluyendo las sanciones a las leyes, son manifiestamente inconstitucionales y por tal carecen de vigencia y eficacia jurídica. Esto mientras el parlamento se mantenga en desacato a las sentencias del Tribunal.
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Redacción: JCS/Melao y Papelón
Con información de: Prensa TSJ