Fallo de juzgado declaró la nulidad del artículo que decretó la enajenación. Alcaldía apelará.
El Juzgado 4 administrativo de Bogotá falló a favor de la acción de nulidad frente al artículo 140 del acuerdo 645 del 2016 (del Concejo Distrital), en el cual se autorizaba la enajenación de acciones de la Empresa de Teléfonos de Bogotá (ETB). Esto significa que la venta de la empresa queda frenada.
“Apelamos la decisión del juez inmediatamente, y contamos con diez días para sustentar nuestros argumentos”, indicó la directora jurídica del Distrito, Dalila Hernández. El Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca será la instancia que revisará el asunto.
La acción de nulidad, interpuesta por la bancada del Polo Democrático en el Concejo, sindicatos de la ETB y asociaciones de usuarios, había impuesto medidas cautelares a la venta de los 3.066 millones de acciones que posee la ciudad, y que corresponden al 86,35 por ciento del total de la ETB.
Los accionantes argumentaban que no hubo estudios técnicos que soportaran la decisión que se convirtió en acuerdo en el Cabildo.
“Ahora, ningún operador internacional se va a meter en un proceso de compra de la ETB, por la violación al debido trámite que se dio en el Concejo”, afirmó Rodrigo Acosta, secretario general de la Unión Nacional de Usuarios.
Diego Molano, concejal del Centro Democrático, opinó: “La decisión tiene que ser apelada por la Administración porque la ETB es una empresa que está perdiendo valor en el mercado, y con su venta se financiarían inversiones fundamentales”.En el Juzgado 56 de Bogotá también cursa una acción popular sobre el mismo caso.
El alcalde mayor, Enrique Peñalosa, ha señalado que el propósito de los recursos que se obtengan de la venta (por lo menos 2,5 billones de pesos) es destinarlos a obras de infraestructura del plan de desarrollo, en los sectores de movilidad, salud y educación.
De referencia: El tiempo.