Listo decreto para entrega de tierras a excombatientes

Listo borrador de decreto para entrega de tierras a excombatientes de las Farc.

Crea el “Programa especial de dotación de tierras con fines de reincorporación”, a cargo de la Agencia Nacional de Tierras, en favor de cualquiera de las formas de asociación legalmente permitidas, constituidas por los excombatientes guerrilleros.

Con la creación, a través de la modificación de un decreto, de un programa especial de dotación de tierras en el que la Agencia Nacional de Tierras (ANT), que podrá adquirirlas mediante negociación directa e incluso extinción de dominio, para entregarlas a los exintegrantes de las extintas Farc, el Gobierno Nacional busca agilizar la implementación del Acuerdo de Paz en lo que tiene que ver con lo rural. Como se sabe, la misma exguerrilla ha expresado que, siendo sus excombatientes en su mayoría campesinos, uno de los principales escollos en la ruta de la reintegración ha sido, precisamente, las dificultades en el acceso a la tierra. En otras palabras, sin la tierra no tienen trabajo.

Se trata de un borrador que el Ministerio de Agricultura dio a conocer y que adiciona un título al “Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, para el establecimiento de un programa especial de dotación de tierras”. En él, recalcando que la Constitución establece el deber del Estado de promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, se señala también que el objetivo es consolidar la paz, “a través de mecanismos encaminados a lograr la justicia social, la democracia participativa y el bienestar de la población campesina”.

Y, en este sentido, establece que en el marco del Consejo Nacional de la Reincorporación (CNR), se ha discutido la necesidad de permitir la dotación de tierras a los exintegrantes de las Farc acreditados por el Alto Comisionado para la Paz, “que tengan vocación agraria, sin tierra o con tierra insuficiente, con el objetivo de permitir a esta población adelantar proyectos productivos sostenibles para una reincorporación económica exitosa”.

“La viabilidad de los procesos de transición del conflicto hacia la paz depende del otorgamiento de medidas necesarias para hacer que esta se convierta en irreversible, estable y duradera, siendo consecuente proporcionar a los excombatientes medidas que le permitan adquirir competencias, conocimientos y herramientas para sostenerse social y económicamente en la vida civil y de esta manera evitar que recaigan en la ilegalidad (…) dentro de estas medidas, se puede entender el programa especial de dotación de tierras, que tiene como objetivo brindar la oportunidad a un excombatiente para el acceso a un terreno donde pueda adelantar un proyecto productivo que le suministre el sustento y la estabilidad económica en el mediano y largo plazo”, dice el citado texto.

Lo que se crea es el “Programa especial de dotación de tierras con fines de reincorporación”, mediante el cual la Agencia Nacional de Tierras podrá adquirirlas en negociación directa, en favor de cualquiera de las formas de asociación legalmente permitidas, constituidas por exintegrantes de los excombatientes guerrilleros. Además, se tendrá en cuenta los predios rurales con extinción de dominio que sean asignados a la Agencia por la Sociedad de Activos Especiales (SAE) o el organismo en que se delegue tal función. Dichas asociaciones deberán estar integradas en su totalidad por exintegrantes de las Farc.

Asimismo, aclara que los beneficiarios deberán cumplir con determinados requisitos, entre ellos: 1. No tener tierra o tener tierra insuficiente. 2. No poseer un patrimonio neto que supere los 250 salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de participar en el programa de acceso a tierras. 3. No ser propietario de predios rurales o urbanos, excepto que se trate de predios destinados exclusivamente para vivienda rural o urbana, o que la propiedad que ostente no tenga condiciones físicas o jurídicas para la implementación de un proyecto productivo. 4. No haber sido beneficiario de algún programa de tierras, salvo que se demuestre que las extensiones de tierra a las que accedió son inferiores a una Unidad Agrícola Familiar (UAF).

Por supuesto, se les exige haber suscrito el acta de compromiso con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y no haber sido declarados como ocupantes indebidos de tierras baldías o fiscales patrimoniales, al igual que no estar incurso en un procedimiento de esta naturaleza. La Agencia Nacional de Tierras tendrá a cargo la articulación interinstitucional del programa, en colaboración con las demás agencias del Gobierno competentes y el Consejo Nacional de Reincorporación. Igualmente, determinará los criterios y procedimientos de selección para la dotación de tierras. Por su parte, el Ministerio de Hacienda garantizará los recursos.

El decreto regiría a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y la idea del Ministerio de Agricultura es que la gente conozca sus alcances y plantee las inquietudes pertinentes.

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