Aprobaron proyectos de ley de emergencia en la Legislatura

En una votación dividida, la Cámara de Diputados bonaerense aprobó y giró ayer al Senado los proyectos de ley que establecen la Emergencia Administrativa y en materia de Obra y Servicios Públicos. La Cámara alta de la provincia de Buenos Aires las analizará en la Comisión de Presupuesto y las tratará durante la próxima sesión del cuerpo.

Luego de un debate parlamentario en el que hicieron uso de la palabra diez diputados de diferentes partidos, el oficialismo no encontró mayores obstáculos para conseguir la mayoría necesaria para aprobar las iniciativas y enviarlas al Senado.

Tras la aprobación en Diputados, el Senado ingresó los proyectos al cuerpo y luego los giró a la Comisión de Presupuesto, donde proseguirá con el tratamiento parlamentario, luego de obtener la moción de preferencia para la próxima sesión.

Ambas leyes fueron creadas al comienzo del gobierno de María Eugenia Vidal con el objetivo de mejorar la gestión del Estado provincial, pero su vigencia era por dos años: las reediciones de las normativas hacen posible que la gobernadora continúe teniendo estas herramientas diseñadas por su propio gabinete.

La ley que establece la emergencia en Obras Públicas, en rigor, en materia de “infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, busca paliar el “déficit existente” y posibilitar la agilización de la gestión para los trabajos en este sector.

La norma tendrá una duración de un año, contado a partir de su entrada en vigencia, pudiendo ser éste prorrogado por el Poder Ejecutivo, por única vez y por igual término, en caso de verificarse que las causales que justifican la emergencia no fueron resueltas.

De este modo, además, quedan autorizados todos los ministerios, secretarías y entidades autárquicas, en el marco de sus competencias, a ejecutar las obras y contratar la provisión de bienes y servicios que las mismas requieran, cualquiera sea la modalidad de contratación, incluidos los convenios de colaboración con organismos de la Provincia o de la Nación, Municipios, Consorcios de Gestión y Desarrollo, y Cooperativas.

Para tal fin podrán utilizar las normas de excepción previstas en distintas normativas que rigen en la provincia o las que en el futuro las reemplacen, y sus respectivos Decretos Reglamentarios.

Además, la ley establece que puede eximirse el cumplimiento de las prescripciones del Decreto N 9.853/82 -del Consejo de Obras Públicas-.

 

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Referencia Diario Popular

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