Corte Constitucional ordenó eliminar blog que violaba el derecho al buen nombre de un comerciante.
La Corte Constitucional falló a favor de un comerciante de muebles que reclamaba a Google Inc. y Google Colombia el derecho a su buen nombre en internet.
Carlos Marín*, quien tiene una empresa de venta de muebles con domicilio principal en Ibagué, Tolima, interpuso una acción de tutela contra el gigante de las búsquedas porque consideró que su imagen estaba siendo vulnerada, luego de conocerse una serie de publicaciones anónimas que lo tildaban de estafador.
Los comentarios, que según Marín son falsos, se escribieron en un blog creado en la herramienta Blogger.com, de propiedad de Google Inc. El fallo recopiló comentarios como: “La empresa que dirige Carlos, se dedica a estafar a la gente por diversos medios. Piden primero un adelanto o el dinero completo y después de que se lo entregas desaparece con tu dinero”.
El vendedor asegura en la sentencia que el blog le ha generado problemas personales, para su familia y el negocio.
Al no encontrar denuncias probadas por el delito de estafa en contra de Marín, la Corte Constitucional determinó que los comentarios anónimos efectivamente violan los derechos a la honra y al buen nombre del demandante. En consecuencia, la entidad judicial ordenó a Google eliminar el blog en donde estaban plasmados los comentarios.
“Debido a que no se sabía quién hacia los comentarios, decidí, en ese mismo blog, solicitar respuestas a las acusaciones. Después de varios años, nunca aparecieron. Por tal motivo decidí entutelar”, le dijo Marín a EL TIEMPO.
Fue un proceso largo, de dos años; pero ya conseguí que Google quitara ese blog
Afirmó además que la decisión de la Corte “es una victoria y una alegría para limpiar mi nombre. Fue un proceso largo, de dos años; pero ya conseguí que Google quitara ese blog”.
Y no fue un proceso sencillo. El gigante de las búsquedas se protegía diciendo: “Blogger es un proveedor de herramientas de creación de contenido, no un intermediario de contenido. Permitimos que los usuarios creen contenido, pero no nos responsabilizamos de este (…). De acuerdo con el artículo 230 de la ley estadounidense de decencia en las comunicaciones, Blogger no retira material presuntamente difamatorio, injurioso o calumnioso”.
De hecho, la entidad judicial ordenó también al Ministerio TIC crear una regulación para proteger a los usuarios de internet frente a publicaciones difamatorias deshonrosas, calumniosas e injuriantes.
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“Dicha regulación deberá ofrecer asesoría y acompañamiento a las víctimas de esta clase de publicaciones abusivas ante las plataformas digitales en las que estas hayan sido publicadas”, reza el fallo.
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referencia El Tiempo