Este lunes, después de seis días de huelga de los pilotos afiliados a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac), Avianca informó que radicó una demanda ante el Tribunal Superior del Distrtito Judicial de Bogotá con el fin de declarar ilegal el cese de actividades.
Los argumentos de la aerolínea para reclamar la ilegalidad radican en la Ley 336 de 1996 que en sus artículos 5 y 68 establece que el transporte aéreo es un servicio público esencial. Lo cual implica que directa o indirectamente incide en dinámicas de la sociedad y la economía del país. Razón por la cual Avianca asegura que la huelga es “un acto de incumplimiento que da prelación al interés particular sobre el interés general”.
Dentro de la demanda impuesta por la aerolínea se incluyeron pruebas que buscan comprobar la ilegalidad de la huelga: “como el no haber indicado expresamente en la citación de la Asamblea que la votación era para la convocatoria a huelga, no haber invitado a dicha Asamblea a todos los trabajadores Avianca, y ejecutar el cese de actividades con una votación claramente minoritaria”, explicó la aerolínea.
Sin embargo, la Acdac afirma que los ampara el legítimo derecho a la huelga establecido en la Constitución y que los pilotos no entran en la categoría de servicio público esencial, según los conceptos de la OIT.Entonces, según el sindicato, es legítima.
“El tema de los servicios públicos esenciales es una zona gris en Colombia, pues, a pesar del llamado de la Organización Internacional del Trabajo, todavía no son regulados. De manera que no hay norma que establezca cuáles actividades entran en esta categoría. Asimismo, en algunos documentos del Comité de Libertad Sindical de la OIT se considera que los pilotos de líneas aéreas no entrarían en la categoría de servicios públicos no esenciales. Por lo que esta medida de la Acdac es vista por algunos como ilegal y por otros como legal”, indicó el investigador del observatorio laboral de la Universidad del Rosario, Iván Daniel Jaramillo.
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El juez tiene cerca de dos meses para declarar, o no, ilegal la huelga de pilotos de la Acdac. Y habría otros 30 días para la segunda instancia, por lo que la manifestación se solucionaría en 90 días por vía jurídica.
referencia El espectador