¿Quién será admitido y quién será rechazado? Las nuevas restricciones de entrada a EEUU que impone el decreto antimigratorio del presidente Donald Trump entran en vigor este jueves, pero hay una gran confusión en cuanto a su aplicación.
Tres días después de que el Tribunal Supremo autorizara la aplicación parcial de una de las medidas más polémicas del mandatario, muchas preguntas siguen sin contestación.
El decreto, que supuestamente debe impedir la llegada de «terroristas», prohíbe temporalmente la entrada a EEUU de ciudadanos de seis países con mayoría musulmana (Siria, Libia, Irán, Sudán, Somalia y Yemen), así como a refugiados de cualquier parte del mundo.
Pero los magistrados limitaron el alcance de este decreto el lunes: el mismo no se podrá aplicar a quien pueda justificar «una relación válida con una persona o una entidad en EEUU».
Por lo tanto, alguien que venga desde alguno de esos países a visitar a un miembro cercano de su familia será admitido. O un estudiante que vaya a estudiar en una universidad estadounidense, o un empleado que haya sido reclutado por una compañía local. O un profesor invitado a dar una conferencia.
Pero, aparte de estos ejemplos específicos, ¿qué significa exactamente el concepto de «relación válida»? ¿Bastará con el comprobante de reserva de un hotel? ¿Cómo un refugiado sirio puede probar la existencia de un lazo anterior con EEUU? Son preguntas que se hacen los abogados.
– «Nos van a llover las demandas» –
De forma paradójica, este enfoque a medio camino que escogió la Corte preocupa a los que se oponen al decreto así como a los que lo apoyan con más ímpetu. Todos temen una proliferación de procedimientos alrededor de la interpretación de ese concepto de «razón válida».
«Nos van a llover las demandas», advirtió el juez conservador Clarence Thomas, «mientras las partes y los tribunales tratan de determinar exactamente qué es lo que define como válida una razón».
Funcionarios de los Departamentos de Justicia, Seguridad Nacional y Exteriores fueron consultados al respecto, pero no ofrecieron detalles sobre la aplicación de este decreto.
Los tres organismos «están llegando a acuerdos en la materia», y «las instrucciones serán transmitidas mañana, a tiempo para que puedan ser aplicadas», dijo el miércoles David Lapan, portavoz del departamento de Seguridad Nacional.
– Evitar el caos –
Si bien es probable que esta controversia se extienda a los tribunales, los expertos prevén un impacto limitado en los aeropuertos.
No hay duda de que las autoridades estadounidenses no quieren ver el mismo caos que se desató el 27 de enero con la implementación de una primera versión de este decreto.
Esa vez se desataron furiosas reacciones en todo el mundo. Los aeropuertos comenzaron a ser objeto de protestas espontáneas, con viajeros que al llegar eran detenidos y amenazados con ser expulsados.
Abogados voluntarios y varias asociaciones ofrecieron ayuda gratuita, y algunas de estas últimas ya anunciaron que estarán presentes otra vez este jueves en las terminales aéreas.
En esa ocasión el decreto fue suspendido el 3 de febrero por un juez federal, igual que sucedió con la segunda versión del mismo en marzo. Los magistrados han justificado estas suspensiones porque, según ellos, el decreto era discriminatorio contra el islam.
El Tribunal Supremo anunció el lunes que examinaría esta segunda versión del decreto en octubre. Pero esto solo tendría un alcance teórico, ya que se supone que esta ley se aplicará durante 90 días a los ciudadanos de los mencionados seis países y 120 días a los refugiados.
Cortesía AFP